Artículo cuarto . Las sumas apropiadas para sueldos y gastos del Instituto Nacional de Higiene Samper Martínez, en la presente vigencia y en las posteriores, mientras dure el contrato a que se refiere el artículo primero de este Decreto, con excepción de las que corresponden a asignaciones del personal, y gastos de sostenimiento de las Secciones que, conforme al artículo anterior, continúan como dependencias del Ministerio de Salud Pública, serán entregados al Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública.
Decreto 191 de 1958 →Vigente
Artículo 4
Decreto 191 de 1958 · por el cual se autoriza al Ministerio de Salud Pública para celebrar un contrato con el Instituto de Asuntos Interamericanos de la Administración de Cooperación Internacional y el Servicio Cooperativo Interamericano de Salud Pública, sobre dirección técnica y administración del Instituto Nacional de Higiene "Samper Martínez", se separan unas Secciones de este Instituto y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.