Corresponde A La Oficina De Fronteras: A) El Estudio De Todas Las Cuestiones Relativas A Las Fronteras De La República; B) La Elaboración De Expedientes Relativos A Estos Asuntos; C) La Formación De Una Colección Cronológica Completa De Todos Los Tratados De Límites De La República Y Demás Actos Internacionales Sobre Estas Materias, Desde La Época Colonial, Con Sus Índices Correspondientes; D) La Preparación De Memorias O Monografías Sobre Cada Frontera Ya Demarcada O Por Demarcar; E) El Estudio Y Despacho De Las Consultas De Carácter Técnico Que Le Sean Encomendadas
Decreto 321 de 1938 · Por el cual se determinan las funciones correspondientes al servicio público de las Relaciones Exteriores
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Corresponde a la Oficina de Fronteras
a)
El estudio de todas las cuestiones relativas a las fronteras de la República;
b)
La elaboración de expedientes relativos a estos asuntos;
c)
La formación de una colección cronológica completa de todos los tratados de límites de la República y demás actos internacionales sobre estas materias, desde la época colonial, con sus índices correspondientes;
d)
La preparación de memorias o monografías sobre cada frontera ya demarcada o por demarcar;
e)
El estudio y despacho de las consultas de carácter técnico que le sean encomendadas.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.