En el evento que la venta de ISA e Isagen no se efectúe en la vigencia del año 2000 y se realizara en la vigencia del 2001, el Gobierno Nacional incorporará el diez por ciento (10%) de dicha venta al presupuesto del año 2001. Mediante una adición. Dichos recursos se destinarán para financiar programas de energización en las zonas no interconectadas, electrificación rural y de fronteras La ejecución de estos recursos estará a cargo del Instituto de Planificación y Promoción de Soluciones Energéticas IPSE, o quien haga sus veces de conformidad con el Plan de Energización de las Zonas No Interconectadas y las prioridades que fije el Ministerio de Minas y Energías.
Decreto 2790 de 2000 →Vigente
Artículo 70
Decreto 2790 de 2000 · por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación parala vigencia fiscal de 2001, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.