Micelio

Artículo 55

Término Para La Devolución

Decreto 1750 de 2015 · por el cual se regula la aplicación de derechos “antidumping”.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Término para la devolución . Las devoluciones de derechos definitivos pagados en exceso se autorizarán por la Dirección de Comercio Exterior mediante resolución motivada dentro de un plazo máximo de 6 meses, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud por parte del importador. Toda devolución se efectuará por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), en un plazo no mayor de 2 meses después de la autorización correspondiente.

Parágrafo

Los términos aquí expresados no operarán cuando la determinación de aplicar los derechos antidumping definitivos objeto de una investigación, está sujeta a un procedimiento de revisión judicial. CAPITULO VII Compromisos relativos a precios

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1750 de 2015