Artículo séptimo. Son funciones de la secretaria de la sección jurídica de la oficina de control de drogas y productos biológicos: a) recibir y radicar los documentos y muestras de los productos de qué habla el artículo 2°. del presente Decreto, que requieran licencia de importación, producción expedición, o que por cualquier otro concepto sean enviados a la oficina de control de drogas y productos biológicos. b) llevar los archivos de licencias de productos y registros de laboratorios, depósitos y demás establecimientos similares. c) recibir las solicitudes de registro de laboratorios y depósitos y entregar a los interesados las certificaciones correspondientes. d) entregar a los interesados las licencias expedidas de conformidad con lo dispuesto en este decreto. e) dar informe sobre los requisitos que deben observarse para licenciamiento de los productos a que se refiere el artículo 2°. de este Decreto, sobre el estado de sus solicitudes; y en general sobre los negocios que cursen en la oficina.
Decreto 1289 de 1964 →Vigente
Artículo 7
Del Presente Decreto, Que Requieran Licencia De Importación, Producción Expedición, O Que Por Cualquier Otro Concepto Sean Enviados A La Oficina De Control De Drogas Y Productos Biológicos
Decreto 1289 de 1964 · por el cual se organiza la Oficina de Control de Drogas y Productos Biológicos del Ministerio de Salud Pública.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.