° Son funciones del Superintendente Segundo; Delegado
Asesorar al Superintendente en la dirección de la Superintendencia, y en especial en lo relativo a los aspectos contables y de inspección a las sociedades sometidas al control de la entidad,
Dirigir y coordinar la ejecución de los programas y trabajos que han de desarrollar las Secciones de Análisis Contable y de Inspección.
Estudiar y resolver los problemas de las Secciones a su cargo, distribuir el trabajo entre ellas, y analizar los informes de las mismas.
Coordinar con el Superintendente Primer Delegado el cumplimiento de sus funciones.
Absolver las consultas que, sobre cuestiones contables o de inspección a las sociedades bajo vigilancia, sean formuladas a la Superintendencia,
Decidir en definitiva sobre las observaciones a los balances y demás documentos contables, que remitan las sociedades vigiladas, y que le presente el Jefe de la Sección de Análisis Contable.
Sugerir al Superintendente la necesidad o conveniencia de las visitas que hayan de practicarse a las sociedades sometidas a la vigilancia de la Superintendencia.
Revisar los proyectos de actas de conclusiones y demás providencias administrativas relativas a las visitas que se practiquen.
Vigilar la práctica de las visitas y, cuando lo estime necesario, intervenir en ellas para su correcta ejecución.
Compilar, con la colaboración de los Jefes de las Secciones de Análisis Contable y de Inspección, las doctrinas y conceptos de la Superintendencia sobre asuntos contables.
Presentar a consideración del Superintendente los proyectos de resolución sobre sanciones a las sociedades sometidas a la vigilancia de la Superintendencia, por causales que se determinen en desarrollo de las funciones de análisis contable inspección adscritas a la entidad. 1) Presentar a consideración del Superintendente los proyectos de resolución sobre normas de carácter contable que deban seguir las sociedades sometidas al control de la entidad. m) Colaborar, a través de las Secciones de Análisis Contable y de Inspección, en la aprobación de los avalúos en los cuales deba intervenir la Superintendencia. Jefes de Sección.