Los negocios de los cuales no se haya hecho mención en el presente Decreto continuarán despachándose en la Oficina en que actualmente se hallen, mientras se señala la que deba tomarlos a su cargo.
Decreto 815 de 1910 →Vigente
Artículo 30
Los Negocios De Los Cuales No Se Haya Hecho Mención En El Presente Decreto Continuarán Despachándose En La Oficina En Que Actualmente Se Hallen, Mientras Se Señala La Que Deba Tomarlos A Su Cargo
Decreto 815 de 1910 · Por el cual se reglamenta el Ministerio de Guerra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.