Micelio

Artículo 4

Ley 143 de 1959 · Por la cual se dan unas autorizaciones al Instituto de Crédito Territorial para la adjudicación de los apartamientos del Centro Antonio Nariño, de la ciudad de Bogotá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A partir de la vigencia de esta ley y hasta tanto se efectué la respectiva adjudicación, las sumas que el instituto de crédito territorial reciba por concepto de arrendamiento de quienes cumplan sus requisitos, se abonara como parte del precio, previa deducción de las cuotas por servicios comunales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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