Micelio

Artículo 6

Ley 59 de 1896 · Sobre fomento de Escuelas de Artes y Oficios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Autorízase al Gobierno para sostener en la fábrica de hilados y tejidos de Samacá hasta seis alumnos costeados por el Tesoro, con el objeto de que aprendan el montaje y manejo de la maquinaria de aquellas industrias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 59 de 1896