La República de Colombia honra la memoria y rinde tributo al eminente hombre público, ilustre ciudadano e íntegro y ejemplar funcionario, doctor Antonio Roldán Betancour, fallecido trágicamente el día 4 de julio de 1989, siendo Gobernador del Departamento de Antioquia, registra y enaltece los servicios prestados al país desde las actividades política, administrativa y profesional, las cuales ejerció con probidad, dedicación y talento.
Ley 28 de 1990 →Vigente
Artículo 1
Ley 28 de 1990 · por la cual el Congreso de la República y la Nación colombiana rinden homenaje a la memoria del doctor Antonio Roldán Betancour y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.