Micelio

Artículo 46

Para Efectos De Liquidación De Prestaciones Sociales En Problemas De Asuntos Campesinos, No Constituyen Salarios Las Sumas O Elementos Que Por Merca Libertad Recibe El Trabajador Del Patrono

Decreto 291 de 1957 · Junta militar de gobierno- por el cual se dictan normas procedimentales sobre problemas relativos a predios rurales

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para efectos de liquidación de prestaciones sociales en problemas de asuntos campesinos, no constituyen salarios las sumas o elementos que por merca libertad recibe el trabajador del patrono.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 291 de 1957