°. Salvo lo consagrado en este Decreto sobre equipajes y menajes domésticos, las mercancías extranjeras importadas al territorio de San Andrés y Providencia, sólo podrán ser introducidas a otros lugares del país mediante el pago de los derechos de aduana correspondientes, y de acuerdo con las disposiciones legales que rijan el comercio exterior.
Decreto 445 de 1960 →Vigente
Artículo 4
Salvo Lo Consagrado En Este Decreto Sobre Equipajes Y Menajes Domésticos, Las Mercancías Extranjeras Importadas Al Territorio De San Andrés Y Providencia, Sólo Podrán Ser Introducidas A Otros Lugares Del País Mediante El Pago De Los Derechos De Aduana Correspondientes, Y De Acuerdo Con Las Disposiciones Legales Que Rijan El Comercio Exterior
Decreto 445 de 1960 · Por el cual se reglamenta la Ley 127 de 1959 sobre Puerto Libre de San Andrés, y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.