Micelio

Artículo 247

Ley 522 de 1999 · LEY 522 DE 1999, 12/08/1999, por medio de la cual se expide el Código Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Juzgados Militares de la Fuerza Naval del Sur conocen en primera instancia de los procesos penales militares contra Oficiales, Suboficiales e Infantes de Marina del Cuartel General del Comando de la Fuerza, bases navales, apostaderos fluviales, y batallones de fusileros de Infantería de Marina, Batallones de Policía Naval Militar, Batallones de Fuerzas Especiales de Infantería de Marina ubicados en la jurisdicción de la Fuerza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 522 de 1999