Micelio

Artículo 3

Los Empleados Públicos De La Dirección Nacional De Estupefacientes, Continuarán Ejerciendo Las Funciones Que Vienen Desarrollando Y Percibiendo La Remune­ración Mensual Correspondiente A Los Empleos Que Desempeñan Actualmente, Hasta Tanto Se Produzca La Incorporación A La Planta De Personal Que Se Adopte Para El Ministerio De Justicia Y Del Derecho Y Tomen Posesión Del Cargo

Decreto 2891 de 2011 · por el cual se modifica la planta personal de la Unidad Administrativa Especial - Dirección Nacional de Estupefacientes.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los empleados públicos de la Dirección Nacional de Estupefacientes, continuarán ejerciendo las funciones que vienen desarrollando y percibiendo la remune­ración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación a la planta de personal que se adopte para el Ministerio de Justicia y del Derecho y tomen posesión del cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2891 de 2011