Micelio

Artículo 7

Ley 124 de 1890 · sobre sucesión abintestato de extranjeros.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 7º En los remates que se harán con las formalidades establecidas para la venta de de bienes embargados en juicio ejecutivo, será postura admisible la que cubra las dos terceras partes del avalúo dado á los bienes en el inventario á que se refiere el artículo 1242 del Código Judicial, y las adjudicaciones se harán siempre por dinero de contado.

El producto será colocado á interés con las debidas seguridades por un plazo no mayor de dos años, siempre que el empleado consular respectivo diere su consentimiento; si no se llena tal condición el producto se depositará en las arcas nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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