Traslados; Los oficiales y suboficiales de las Fuerzas Militares solo podrán ser asignados a una nueva unidad o dependencia militar mediante la expedición de la disposición correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 85 del Decreto 2337 de 1971. Conocida esta, por medio de la respectiva comunicación oficial, el interesado deberá cumplirla dentro de los siguientes términos máximos: . Días Comandantes de Fuerza . 15 Comandantes de Unidad Operativa . 15 Comandantes de Unidad Táctica 12 Comandantes de Unidad Fundamental 8 Comandantes de Pelotón 5 Intendentes Regionales 15 Intendentes Locales 12 Miembros de Estados Mayores y Planas Mayores .. 8 Comandantes de Zona 12 Comandantes de Distrito 8 Otros no contemplados anteriormente 8 Suboficiales encargados de comisiones administrativas. 8 Otros suboficiales . 5
Las oficinas de personal, por el respectivo conducto regular y dentro de lo posible con la debida anticipación, deberán, informar al personal que vaya a ser trasladado sobre su próxima destinación.
No obstante los plazos máximos fijados en este artículo, los Comandos de Fuerza, el Comandante General de las Fuerzas Militares, o el Gobierno, podrán disponer el cumplimiento inmediato de un traslado por necesidades del servicio o por razones de conveniencia.