Art. 4.° Recuérdase á los empleados que deben exigir las seguridades de los responsables del Erario, que si les dan posesión ú ordenan que se les dé sin haber otorgado aquéllas de un modo correcto y entregado el testimonio correspondiente, quedan por el mismo hecho responsables hasta por una suma igual á la señalada como fianza para el ejercicio del empleo, de acuerdo con los artículos 1404, 1405 y 1407 del Código Fiscal.
Decreto 14 de 1900 →Vigente
Artículo 4
Decreto 14 de 1900 · Sobre el modo de proceder cuando los responsables del Erario nacional no rinden cuentas ni otorgan las correspondientes seguridades
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.