Micelio

Artículo 21

Mientras Se Organizan Los Consejos Directivos Conforme A La Ley 99 De 1993, Las Juntas O Consejos Directivos De Las Corporaciones Autónomas Regionales Existentes Continuarán Funcionando Y En Su Composición El Director Del Departamento Nacional De Planeación O Su Delegado Será, Reemplazado Por El Ministro Del Medio Ambiente O Su Representante

Decreto 632 de 1994 · por el cual se profieren disposiciones necesarias para la transición institucional originada por la nueva estructura legal bajo la cual funcionará el Sistema Nacional Ambiental, SINA

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mientras se organizan los Consejos Directivos conforme a la Ley 99 de 1993, las Juntas o Consejos Directivos de las Corporaciones Autónomas Regionales existentes continuarán funcionando y en su composición el Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado será, reemplazado por el Ministro del Medio Ambiente o su representante. Para el año de 1994 la representación del Ministro del Medio Ambiente podrá recaer en un funcionario del Departamento Nacional de Planeación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 632 de 1994