Créase la Circunscripción de Telégrafos de Támara, servida por un Jefe y un Guarda Escribiente, con las asignaciones mensuales de $ 100 y $ 40, respectivamente. Esta Oficina tendrá a su cargo la provisión de útiles a las Oficinas Telegráficas de Orocué, Trinidad, Nunchía, Pore, Támara, Moreno, Hato Corozal, Tame, Salibón, Guadual, Todos los Santos y Arauca, y el examen y pago de las cuentas de las mismas Oficinas, así como el de los Inspectores de Conservación y Guardas de las Secciones 8ª. de la segunda Zona de líneas telegráficas que se segrega de la Circunscripción de Telégrafos de Tunja, y 15 y 16 de la misma Zona, que establece el Decreto 1250 de 12 del presente. Estas dos últimas Secciones comprenderán: la primera, el trayecto de Támara a Tame y la segunda, el de Tame a Arauca, con el personal que hoy tienen. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1276 de 1917 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1276 de 1917 · Por el cual se crea una oficina y se demarcan algunas secciones de líneas telegráficas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.