Micelio

Artículo 11

Cada Comisario Tomará Nota De Todas Las Casas Y Lugares Habita-, Dos Que Haya En La Sección Que Se Le Hubiere Designado, É Investigará Escrupulosamente Qué Personas Se Hallan En La

Decreto 923 de 1911 · que adiciona y reforma el Decreto número 813 de 1911, por el cual se reglamenta la Ley 2.ª de 1911, sobre censo de población.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cada Comisario tomará nota de todas las casas y lugares habita-, dos que haya en la sección que se le hubiere designado, é investigará escrupulosamente qué personas se hallan en la.; sección que no tengan habitación ó residencia fija. Obtenidos los registras ó padrones de las casas comprendidas tanto en las secciones urbanas como en las rurales, se procederá á su comprobación por los medios que estimen convenientes el Inspector respectivo y la Junta Municipal de Censo. Estos trabajos deberán estar terminados el 20 de Enero de 1912

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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