Hecha la emisión de un giro se asentaran en seguida en el registro de giros emitidos los pormenores, de acuerdo con los títulos de las columnas contenidas en el modelo respectivo. En la columna observaciones de este registro se anotaran también, con su número de orden, los esqueletos que se inutilicen. Para cada clase de giros se hará uso de registro separado.
Decreto 2233 de 1935 →Vigente
Artículo 46
Hecha La Emisión De Un Giro Se Asentaran En Seguida En El Registro De Giros Emitidos Los Pormenores, De Acuerdo Con Los Títulos De Las Columnas Contenidas En El Modelo Respectivo
Decreto 2233 de 1935 · Por el cual se reglamenta el Servicio de Giros Postales Internos e Internacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.