La asamblea general ordinaria deberá realizarse anualmente y ocuparse entre otros de los siguientes aspectos
Informe del Director Administrativo.
Informe del Revisor Fiscal y consideración del balance del año precedente.
Elección de consejeros representantes de los empleadores y de Revisor Fiscal principal y suplente, cuando exista vencimiento del período estatutario.
Fijación del monto hasta el cual puede contratar el Director Administrativo sin autorización del Consejo Directivo, conforme a lo dispuesto en el numeral 9º del artículo 54 de la Ley 21 de 1982.