Micelio

Artículo 7

Exoneración De Impuestos Y Gravámenes Nacionales

Decreto 1599 de 2011 · por el cual se establece el procedimiento para la devolución del Impuesto sobre las Ventas en el marco del Campeonato Mundial Masculino de Fútbol Sub-20 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Exoneración de impuestos y gravámenes nacionales. Para efectos de la exoneración de impuestos y gravámenes nacionales a que se refieren los numerales 1, 2 y 3 del artículo 1° de la Ley 1422 de 2010, el beneficiario de la exención deberá acreditar ante el agente que realiza el pago o entidad financiera ante quien se realiza la transacción, su condición de destinatario de los beneficios establecidos en la mencionada ley, para que este se abstenga de liquidar y/o retener el impuesto o gravamen. Este documento deberá ser conservado por el agente retenedor o pagador, para cuando la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales lo exija.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1599 de 2011