Micelio

Artículo 282

El Que Con Violencias Amenazas, Donativos, Promesas U Otros Medios Fraudulentos, Alejare Los Postores, Impida O Perturbe Las Pujas Y Repujas En Las Licitaciones Públicas O En Las Licitaciones Privadas Que Se Hacen Por Cuenta De La Administración Pública, Incurrirá En Prisión De Seis Meses A Dos Años, Y En Multa De Ciento A Dos Mil Pesos

Decreto 2300 de 1936 · Por el cual se adopta el texto definitivo del nuevo código Penal

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El que con violencias amenazas, donativos, promesas u otros medios fraudulentos, alejare los postores, impida o perturbe las pujas y repujas en las licitaciones públicas o en las licitaciones privadas que se hacen por cuenta de la Administración Pública, incurrirá en prisión de seis meses a dos años, y en multa de ciento a dos mil pesos..

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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