Micelio

Artículo 3

Peligro Para La Comunidad

Ley 1760 de 2015 · por medio de la cual se modifica parcialmente la Ley 906 de 2004 en relación con las medidas de aseguramiento privativas de la libertad.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifícase el artículo 310 de la Ley 906 de 2004 , el cual quedará así:

Artículo 310. Peligro para la comunidad. Para estimar si la libertad del imputado representa un peligro futuro para la seguridad de la comunidad, además de la gravedad y modalidad de la conducta punible y la pena imponible, el juez deberá valorar las siguientes circunstancias:

1.

La continuación de la actividad delictiva o su probable vinculación con organizaciones criminales.

2.

El número de delitos que se le imputan y la naturaleza de los mismos.

3.

El hecho de estar disfrutando un mecanismo sustitutivo de la pena privativa de la libertad, por delito doloso o preterintencional.

4.

La existencia de sentencias condenatorias vigentes por delito doloso o preterintencional.

5.

Cuando se utilicen armas de fuego o armas blancas.

6.

Cuando el punible sea por abuso sexual con menor de 14 años.

7.

Cuando hagan parte o pertenezcan a un grupo de delincuencia organizada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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