Artículo tercero. Autorízase a la Junta Directiva del Fondo Nacional de Turismo para que, a su vez, decrete la cesión gratuita de las cinco mil acciones suscritas por el Fondo en la Empresa "Hotel de Turismo de Girardot, S. A.", y haga por intermedio del Secretario Pagador el endoso o traspaso de los títulos que tiene en custodia por valor de cincuenta mil pesos ($ 50.000) moneda corriente, a favor del Municipio de Girardot. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1635 de 1952 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1635 de 1952 · Por el cual se ceden unas acciones al Municipio de Girardot
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.