° La Caja Nacional de Previsión Social asumirá el pago de las pensiones mensuales de jubilación y de las cuotas partes pensionales a cargo del Instituto Nacional de Fomento Municipal -Insfopal-, a partir de la vigencia del presente Decreto.
Decreto 98 de 1990 →Vigente
Artículo 1
La Caja Nacional De Previsión Social Asumirá El Pago De Las Pensiones Mensuales De Jubilación Y De Las Cuotas Partes Pensionales A Cargo Del Instituto Nacional De Fomento Municipal -Insfopal-, A Partir De La Vigencia Del Presente Decreto
Decreto 98 de 1990 · por el cual se trasladan unas funciones a la Caja Nacional de Previsión Social.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.