º Créase el Cuerpo de Zapadores número 4, para la región de Arauca, con la Comandancia en Tame, y con el personal y las asignaciones mensuales siguientes: Un Comandante, con ciento cuarenta pesos. Un Teniente, con cien pesos. Un Subteniente, con ochenta pesos. Un Sargento primero, con cuarenta pesos. Dos Sargentos segundos, con treinta pesos cada uno. Dos Cabos primeros, con veinticinco pesos cada uno. Dos Cabos segundos, con veintidós pesos cada uno. Un Corneta, con veintidós pesos. Ochenta soldados, con veinte pesos cada uno. Un Oficial de Sanidad, con cien pesos. Un Contador, con ochenta pesos.
Decreto 198 de 1916 →Vigente
Artículo 2
Créase El Cuerpo De Zapadores Número 4, Para La Región De Arauca, Con La Comandancia En Tame, Y Con El Personal Y Las Asignaciones Mensuales Siguientes: Un Comandante, Con Ciento Cuarenta Pesos
Decreto 198 de 1916 · por el cual se elimina la Jefatura y el Cuerpo de Policía de fronteras de Arauca, se crea el Cuerpo de Zapadores número 4 y se reduce el Cuerpo de Policía de la frontera del Táchira.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.