Ley 1448 de 2011 · por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
El Presidente de la República deberá presentar un informe anual sobre los avances en la ejecución y cumplimiento de la presente ley, el cual deberá ser presentado al Congreso de la República dentro del mes siguiente a cada inicio de legislatura.
La presentación de este informe se transmitirá por el canal institucional y los canales regionales. De igual manera, deberá ser publicado en los portales de internet de todas las entidades que componen el Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas y serán distribuidas las copias impresas que se consideren convenientes para que las víctimas y sus organizaciones, así como la sociedad civil en general accedan a él.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.