Micelio

Artículo 116

Validación De La Pertenencia Étnica En El Registro Único De Víctimas

Decreto 4634 de 2011 · por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y restitución de tierras a las víctimas pertenecientesal pueblo Rrom o Gitano.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Validación de la pertenencia étnica en el Registro Único de Víctimas . En un término de un (1) año a partir de la expedición del presente decreto, el Ministerio del Interior hará llegar a la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación a Víctimas los listados censales de las Campañas con el fin de depurar y validar a las personas registradas como Rrom o Gitanos en el Registro Único de Víctimas y establecer la pertenencia étnica. En ningún caso este procedimiento afectará los derechos de las víctimas registradas, si se demuestra su no pertenencia al pueblo Rrom o Gitano. CAPÍTULO III Participación de las víctimas pertenecientes al pueblo Rrom

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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