º El artículo 16 del Decreto 938 de 1989 quedará así: "MARGEN DE SOLVENCIA. El valor total de los recursos recibidos por una sociedad fiduciaria para la integración del fondo común ordinario no podrá exceder de cuarenta y ocho (48) veces el monto de su capital pagado y reserva legal, ambos saneados".
Decreto 3010 de 1989 →Vigente
Artículo 2
º El Artículo 16 Del Decreto 938 De 1989 Quedará Así: "margen De Solvencia
Decreto 3010 de 1989 · Por el cual se dictan disposiciones sobre el sector financiero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.