El personal que salga en uso de vacaciones o que sea trasladado deberá viajar acompañado del respectivo documento expedido por la Jefatura de Personal de cada Aduana, en el que conste: grado, nombré, asignación mensual con indicación de la fecha y lapso del último pago, pasajes, viáticos recibidos, y su estado fiscal correspondiente.
Sin la presentación previa de tal certificación, las Cajas o Pagadurías correspondientes no podrán liquidar ni pagar salarios pendientes, viáticos o pasajes; y en caso de hacerlo, incurrirá en las sanciones fiscales que imponga la Contraloría General de la República.