º S on entidades otorgantes del subsidio familiar de vivienda, el Instituto Nacional de Vivienda de Interés Social y Reforma Urbana -Inurbe-, las cajas de compensación familiar y la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero en lo relacionado con el subsidio para las soluciones en zonas rurales y en municipios con población inferior a 15.000 habitantes.
Decreto 599 de 1991 →Vigente
Artículo 8
º S On Entidades Otorgantes Del Subsidio Familiar De Vivienda, El Instituto Nacional De Vivienda De Interés Social Y Reforma Urbana -Inurbe-, Las Cajas De Compensación Familiar Y La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero En Lo Relacionado Con El Subsidio Para Las Soluciones En Zonas Rurales Y En Municipios Con Población Inferior A 15
Decreto 599 de 1991 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley número 3 de 1991.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 8° del decreto 599 de 1991 quedará así) por decreto 1273/93 modificado por decreto 1273/93
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.