Micelio

Artículo 3

Decreto 2519 de 1957 · Por el cual se modifican los artículos 72 del Decreto número 956 de 1931, y 1° del Decreto número 1302 de 1941

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. La Junta se reunirá por derecho propio una vez cada mes. También podrá ser convocaría por el Secretario General del Ministerio de Fomento cuando lo considere necesario. Toda decisión de la Junta deberá acordarse por mayoría de votos, y sus actos y deliberaciones se harán constar en un libro de actas que autorizarán con su firma el Presidente y el Secretario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2519 de 1957