Micelio

Artículo 3

Decreto 2596 de 2000 · por el cual se establece la Estructura del Fondo Nacional de Caminos Vecinales y se determinan las funciones de sus dependencias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Gerencia General. Son funciones de la Gerencia General, las siguientes

1.

Cumplir y hacer cumplir las decisiones y acuerdos del Consejo Directivo.

2.

Dirigir, coordinar, vigilar y controlar las actividades conducentes al cumplimiento de los objetivos del Fondo y ejercer su representación.

3.

Presentar a consideración del Consejo Directivo el anteproyecto de presupuesto, las propuestas de modificación del presupuesto, de conformidad con las normas presupuestales vigentes, el balance anual y en general las sugerencias que estime convenientes para el buen funcionamiento del Fondo.

4.

Ordenar los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos y convenios que se requieran para el normal funcionamiento de la entidad.

5.

Ejecutar los recursos financieros correspondientes al FNCV de conformidad con los planes y programas establecidos y con las normas orgánicas del presupuesto.

6.

Nombrar, dar posesión y remover al personal del FNCV, de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia.

7.

Dirigir la actividad de administración de personal, dictar los actos correspondientes y establecer políticas generales, de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia.

8.

Presentar informes al Consejo Directivo y al Ministerio de Transporte y a otras autoridades que los requieran, en la forma que estos lo determinen sobre el estado de ejecución de las funciones que corresponden al Fondo y los informes generales y periódicos o particulares que le solicite, sobre las funciones desarrolladas y la situación general de la entidad, de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia.

9.

Constituir mandatarios o apoderados que representen al FNCV en asuntos judiciales y demás de carácter litigioso.

10.

Administrar y velar por la adecuada utilización de los bienes y fondos que constituyen el patrimonio del FNCV.

11.

Ordenar el trámite, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, de todo lo relacionado con el otorgamiento de comisiones al exterior de los empleados de la entidad.

12.

Someter a consideración y aprobación del Consejo Directivo en los plazos fijados por éste, los estados financieros, los informes de ejecución presupuestal y los planes y programas del fondo, de acuerdo con los estatutos y demás normas aplicables.

13.

Adoptar mediante resolución el manual de específico de funciones y requisitos de los empleados de la Planta de Personal, así como las modificaciones, adiciones y actualizaciones que fueren necesarias.

14.

Distribuir los cargos de la planta global de personal de acuerdo con la estructura, las necesidades de la entidad y los planes y programas.

15.

Crear y conformar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, mediante resolución, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la entidad; así como designar el funcionario bajo el cual quedará la coordinación y supervisión del grupo.

16.

Proponer para la aprobación del Gobierno Nacional, las modificaciones a la planta de personal requerida para el cumplimiento de los objetivos institucionales.

17.

Crear y asignar funciones a los órganos de asesoría y coordinación que considere pertinentes.

18.

Garantizar el ejercicio del control interno y gestión de la entidad y propender por el mejoramiento institucional.

19.

Delegar en funcionarios de la entidad el ejercicio de algunas funciones, de conformidad con las normas legales vigentes.

20.

Dirigir y coordinar las acciones relacionadas con la divulgación de las actividades del Fondo, incluidas las relativas a especificaciones técnicas y servicios que presta, a través de los diversos medios de comunicación en los diferentes órdenes territoriales, procurando un oportuno y veraz conocimiento de aquellas por parte de la colectividad y, en general, trazar las políticas y dirigir lo atinente al manejo de los medios de comunicación.

21.

Las demás que le señalen las normas legales vigentes relacionadas con las funciones y objetivos generales de la entidad y que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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