º. El Ministro de Hacienda y Crédito Público solicitará en tiempo oportuno del Gobierno, que tome las medidas necesarias para el nombramiento de los representantes y delegados de las secciones donde se vaya a efectuar las operaciones de deslinde y amojonamiento de que trata la ley 62 que se reglamenta; y una vez nombrados dichos representantes, comunicará al de Hacienda la lista correspondiente.
Decreto 803 de 1940 →Vigente
Artículo 7
El Ministro De Hacienda Y Crédito Público Solicitará En Tiempo Oportuno Del Gobierno, Que Tome Las Medidas Necesarias Para El Nombramiento De Los Representantes Y Delegados De Las Secciones Donde Se Vaya A Efectuar Las Operaciones De Deslinde Y Amojonamiento De Que Trata La Ley 62 Que Se Reglamenta; Y Una Vez Nombrados Dichos Representantes, Comunicará Al De Hacienda La Lista Correspondiente
Decreto 803 de 1940 · Por el cual se reglamenta la Ley 62 de 1939
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.