Micelio

Artículo 34

Decreto 616 de 2006 · Por el cual se expide el Reglamento Técnico sobre los requisitos que debe cumplir la leche para el consumo humano que se obtenga, procese, envase, transporte, comercialice, expenda, importe o exporte en el país.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos de funcionamiento de las plantas para pulverización. Las plantaspara pulverización para su funcionamiento deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 3075 de 1997, el que lo modifique, adicione o sustituya y contar además con las siguientes áreas como mínimo

1.

Patio en pavimento, asfalto o similares para recibo y entrega de leche.

2.

Plataforma para recepción de leche.

3.

Para almacenamiento de leche cruda enfriada.

4.

Para proceso de higienización.

5.

Para proceso de concentración.

6.

Para proceso de homogeneización.

7.

Para proceso de deshidratación.

8.

Para envasado y empacado de la leche.

9.

Para lavado y desinfección de vehículos isotermos y cantinas.

10.

Sala de máquinas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 616 de 2006