Micelio

Artículo 2

Ley 169 de 1938 · por la cual se hacen unas cesiones a los Municipios de Cáceres, de Nechí y de Zaragoza, en el Departamento de Antioquia, para la construcción y servicio de sus hospitales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Esta ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a cuatro de noviembre de mil novecientos treinta y ocho.

El Presidente del Senado, S. SOCARRAS SANCHEZ-El Presidente de la Cámara de Representantes, JORGE CEDEÑO-El Secretario del Senado, Rafael Campo A. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Alberto Guzmán.

Organo Ejecutivo-Bogotá, noviembre 26 do 1938.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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