Condonase al señor Manuel S, Caicedo la suma de tres mil novecientos cincuenta y un pesos sesenta y cuatro centavos ($ 3,951-64) que por la Corte de Cuentas le ha sido deducida como alcance en sus cuentas como Administrador de la Aduana de Buenaventura; y condonase igualmente al señor German E. Cifuentes la suma de doscientos setenta pesos ochenta y nueve centavos ($ 270-89), que le ha sido elevada a alcance como responsable de las cuentas de la Oficina Telegráfica y de Correos de Bugalagrande, correspondientes al mes de febrero de 1919.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.