Micelio

Artículo 3

Ley 31 de 1924 · por la cual se fomenta la navegación aérea y se conceden varios auxilios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mientras se establezca el servicio regular bisemanal de súper-hidroaviones de dos motores en el rio Magdalena, la Empresa favorecida podrá establecer tarifas para pasajeros hasta el máximum que pasa a expresarse:

La Compañía fijara de acuerdo con el Gobierno las tarifas que deben regir para el transporte de pasajeros entre los puertos intermedios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 31 de 1924