Micelio

Artículo 7

Para Los Efectos De La Ley 15 De 1918 Y De La 51 Del Mismo Año Y Del Presente Decreto, Créase En El Departamento De Antioquia El Puesto De Subinspector De La Circulación, Con Asistencia En La Ciudad De Medellín Y Con La Asignación De $ 100 Mensuales

Decreto 77 de 1919 · Por el cual se reglamenta el artículo 9o. de la Ley 15 de 1918

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Para los efectos de la Ley 15 de 1918 y de la 51 del mismo año y del presente Decreto, créase en el Departamento de Antioquia el puesto de Subinspector de la Circulación, con asistencia en la ciudad de Medellín y con la asignación de $ 100 mensuales. Dicho funcionario ejercerá, además de las funciones que le asigna la Ley 51 citada, las que se señalan en el artículo anterior al Inspector de la Circulación en Bogotá.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 77 de 1919