Art.41. Los autos que decidan las articulaciónes son apelables dentro del término y en la forma señalados para la apelación de cualquier auto, y la apelación se concedera solo en el efecto devolutivo.
autos y sentencias
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Art.41. Los autos que decidan las articulaciónes son apelables dentro del término y en la forma señalados para la apelación de cualquier auto, y la apelación se concedera solo en el efecto devolutivo.
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Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.