Son Funciones Del Consejo De Petróleos, Además De Las Que Le Confieren El Artículo 3º Del Decreto Extraordinario 2049 De 1951, Y El Decreto Legislativo 394 De 1957; A) Emitir Conceptos Sobre Los Contratos Para La Construcción De Oleoductos, Gasoductos O Refinerías; B) Estudiar La Fijación Y Revisión De Las Tarifas De Los Oleoductos Y Gasoductos; C) Atender Las Consultas Que Le Formule La División Nacional De Petróleos Sobre Los Precios De Crudos Y Regalías; D) Estudiar La Solvencia De Las Empresas Petroleras, Y La Necesidad Que Aquellas Tengan De Obtener Registros De Importación, Y Otorgar Su Conformidad Sobre La Expedición De Tales Registros; E) Cumplir Las Demás Funciones Que Le Señalan Las Leyes Vigentes;
Decreto 1636 de 1960 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Minas y Petróleos, y se determinan sus funciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Son funciones del Consejo de Petróleos, además de las que le confieren el artículo 3º del Decreto Extraordinario 2049 de 1951, y el Decreto Legislativo 394 de 1957
a)
Emitir conceptos sobre los contratos para la construcción de oleoductos, gasoductos o refinerías;
b)
Estudiar la fijación y revisión de las tarifas de los oleoductos y gasoductos;
c)
Atender las consultas que le formule la División Nacional de Petróleos sobre los precios de crudos y regalías;
d)
Estudiar la solvencia de las empresas petroleras, y la necesidad que aquellas tengan de obtener registros de importación, y otorgar su conformidad sobre la expedición de tales registros;
e)
Cumplir las demás funciones que le señalan las leyes vigentes;
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.