Micelio

Artículo 5

Ley 56 de 1904 · Por la cual se reforma la 39 de 1890, sobre Impuesto de Registro

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art 5.° En los lugares en donde está en circulación, de acuerdo con las leyes, la moneda de plata á la Ley de 0835, se cobrarán los derechos de registro en dicha moneda y con arreglo á la tarifa establecida en la Ley 39 de 1890 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 56 de 1904