Micelio

Artículo 25

Decreto 192 de 1903 · Sobre Impuestos de papel sellado y Timbre nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 25. Las diligencias de autenticación de documentos que no tengan valor determinado llevarán estampilla de 2. a clase, con excepción de las autenticaciones de certificados de supervivencia de los individuos que reciban pensión del Tesoro nacional, los cuales sólo llevarán estampilla cuando la pensión exceda de doscientos pesos ($ 200) mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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