° Modifícase el artículo primero del Decreto ejecutivo número 2705 de 1960, así: "Para la administración del Fondo de Transportes en la ciudad de, Medellín, se podrá destinar un diez por ciento (10%) de los recaudos mensuales, hasta el 30 de junio de 1961. De esta fecha en adelante sólo podrá destinarse hasta un siete por ciento (7%) de los recaudos mensuales, para gastos de, administración.
Decreto 2999 de 1960 →Vigente
Artículo 1
Modifícase El Artículo Primero Del Decreto Ejecutivo Número 2705 De 1960, Así: "para La Administración Del Fondo De Transportes En La Ciudad De, Medellín, Se Podrá Destinar Un Diez Por Ciento (10%) De Los Recaudos Mensuales, Hasta El 30 De Junio De 1961
Decreto 2999 de 1960 · Por el cual se reforma el artículo 1° del Decreto número 2705 de noviembre del 24 1960
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.