Micelio

Artículo 4

Ley 20 de 1903 · por la cual se confirma la creación de la provincia de Herveo y el cambio de la cabecera del Circuito Judicial del mismo nombre

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4°. Quedan derogadas todas las disposiciones con tarifas a la presente Ley y caduca los Decretos legislativos mencionados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 20 de 1903