Micelio

Artículo 6

º

Decreto 1642 de 1995 · por el cual se reglamenta la afiliación de trabajadores al Sistema General de Pensiones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Contabilización de tiempos . Por el tiempo comprendido entre la fecha de afiliación por fuera de término y la del traslado a la entidad seleccionada, se enviarán los recursos en la forma establecida en este Decreto, sin perjuicio que, si posteriormente el afiliado que seleccionó el régimen de prima media administrado por el Instituto de Seguros Sociales se traslada al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad, el valor del bono pensional tendrá en cuenta ese tiempo, siempre que se cumpla con lo establecido en el

Parágrafo

del artículo 115 de la Ley 100 de 1993. Lo mismo será aplicado a los casos de empleadores cuyos trabajadores no fueron afiliados al Sistema General de Pensiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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