Micelio

Artículo 12

Decreto 1151 de 2000 · por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, Dane.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A rtículo 12 . Oficina de Control Interno . Son funciones de la Oficina de Control Interno del Departamento, las siguientes

1.

Asesorar a la Dirección, en el diseño y mantenimiento de un Sistema de Control Interno flexible, dinámico, mediante instrumentos idóneos de gerencia, acorde con las políticas institucionales y los cambios y tendencias que surjan.

2.

Velar porque el Sistema de Control Interno esté plenamente establecido en el Departamento y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y en particular de aquellos que tengan responsabilidad de mando.

3.

Velar por el cumplimiento de las normas orgánicas del Departamento y demás disposiciones que regulen los procedimientos y trámites administrativos internos.

4.

Evaluar los procesos misionales y de apoyo adoptados y utilizados por el Departamento, con el fin de determinar su coherencia con los objetivos y resultados comunes e inherentes a la misión institucional.

5.

Verificar que la gestión de la entidad se desarrolle con base en soportes documentales y tecnológicos, a través de la adopción de mecanismos que garanticen la documentación y conservación de la memoria institucional.

6.

Propender por la formulación de propuestas para el diseño, adopción y mejoramiento de mecanismos de comunicación e información.

7.

Asesorar y acompañar a las dependencias en la definición y establecimiento de controles en los procesos y procedimientos, para garantizar la adecuada protección de los recursos, la eficacia y eficiencia en las actividades, así como la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros.

8.

Desarrollar a nivel del Departamento las directrices emanadas por el Sistema Nacional de Control Interno.

9.

Fomentar en la Entidad, una verdadera cultura de control y autocontrol, que contribuya al mejoramiento continuo, en cumplimiento de la Misión Institucional.

10.

Coordinar el diseño e implementación del control de gestión, a partir de indicadores de gestión; bajo los principios de eficiencia y eficacia.

11.

Evaluar que estén claramente definidos los niveles de autoridad y responsabilidad y que todas las acciones desarrolladas por el Departamento, se enmarquen dentro de este contexto.

12.

Garantizar la funcionalidad de los Comités y Subcomités de Coordinación del Sistema de Control Interno en el Departamento.

13.

Participar activamente en las actividades organizadas por los Comités Interinstitucionales en materia de Control Interno.

14.

Preparar y remitir informes a los organismos de control que los requieran y los demás que se establezcan en la ley.

15.

Las que reciba por delegación, aquellas inherentes a las funciones que desarrolle y las demás que le asigne el Director o el Subdirector del Departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1151 de 2000