A rtículo 12 . Oficina de Control Interno . Son funciones de la Oficina de Control Interno del Departamento, las siguientes
Asesorar a la Dirección, en el diseño y mantenimiento de un Sistema de Control Interno flexible, dinámico, mediante instrumentos idóneos de gerencia, acorde con las políticas institucionales y los cambios y tendencias que surjan.
Velar porque el Sistema de Control Interno esté plenamente establecido en el Departamento y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y en particular de aquellos que tengan responsabilidad de mando.
Velar por el cumplimiento de las normas orgánicas del Departamento y demás disposiciones que regulen los procedimientos y trámites administrativos internos.
Evaluar los procesos misionales y de apoyo adoptados y utilizados por el Departamento, con el fin de determinar su coherencia con los objetivos y resultados comunes e inherentes a la misión institucional.
Verificar que la gestión de la entidad se desarrolle con base en soportes documentales y tecnológicos, a través de la adopción de mecanismos que garanticen la documentación y conservación de la memoria institucional.
Propender por la formulación de propuestas para el diseño, adopción y mejoramiento de mecanismos de comunicación e información.
Asesorar y acompañar a las dependencias en la definición y establecimiento de controles en los procesos y procedimientos, para garantizar la adecuada protección de los recursos, la eficacia y eficiencia en las actividades, así como la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus registros.
Desarrollar a nivel del Departamento las directrices emanadas por el Sistema Nacional de Control Interno.
Fomentar en la Entidad, una verdadera cultura de control y autocontrol, que contribuya al mejoramiento continuo, en cumplimiento de la Misión Institucional.
Coordinar el diseño e implementación del control de gestión, a partir de indicadores de gestión; bajo los principios de eficiencia y eficacia.
Evaluar que estén claramente definidos los niveles de autoridad y responsabilidad y que todas las acciones desarrolladas por el Departamento, se enmarquen dentro de este contexto.
Garantizar la funcionalidad de los Comités y Subcomités de Coordinación del Sistema de Control Interno en el Departamento.
Participar activamente en las actividades organizadas por los Comités Interinstitucionales en materia de Control Interno.
Preparar y remitir informes a los organismos de control que los requieran y los demás que se establezcan en la ley.
Las que reciba por delegación, aquellas inherentes a las funciones que desarrolle y las demás que le asigne el Director o el Subdirector del Departamento.