La inspección y control administrativo de la obligación impuesta a las empresas por el Decreto-ley 2474 de 1948, de distribuir una parte de las utilidades que excedieren de determinando tasa de rendimiento entre los trabajadores, corresponde exclusivamente al Gobierno, quien la ejercerá por el conducto del Trabajo, mientras se crea el "Departamento de Participación de Utilidades", bajo la dependencia de la Jefatura de Rentas e Impuestos Nacionales.
Artículo 23
La Inspección Y Control Administrativo De La Obligación Impuesta A Las Empresas Por El Decreto-Ley 2474 De 1948, De Distribuir Una Parte De Las Utilidades Que Excedieren De Determinando Tasa De Rendimiento Entre Los Trabajadores, Corresponde Exclusivamente Al Gobierno, Quien La Ejercerá Por El Conducto Del Trabajo, Mientras Se Crea El "departamento De Participación De Utilidades", Bajo La Dependencia De La Jefatura De Rentas E Impuestos Nacionales
Decreto 260 de 1950 · Por el cual se reglamenta la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas
El texto del artículo
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Historia constitucional
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